
¿Cómo nos afecta la subida del SMI?
Mediante el Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, se fijó el salario mínimo interprofesional en 900€. El SMI durante el año 2018 es de 735 euros mensuales. Esto repercute en diferentes aspectos y materias que te detallamos a continuación:
– Sueldos:
900€/mes 30€/día 12.600€/año
Eventuales y temporeros: 42,62€
Empleadas del hogar: 7,04€/hora
Para fijar el límite hay que tener en cuenta tanto el salario base como los pluses (excluidos los pluses extrasalariales y parte proporcional de pagas extras).
– Salvo pacto en contrario, en lo que respecta a los Convenios Colectivos en vigor:
- Para los convenios vigentes desde enero de 2017: cuantía del SMI de 2016 + incremento de 2% (Real Decreto 1171/2015).
- Para los convenios que entraron en vigor con fecha posterior a enero de 2017 y seguían vigentes a 26 de diciembre de 2017: cuantía del SMI 2017 + 2% (Real Decreto 742/2016).
- Para los convenios que entraron en vigor después del 26 de diciembre de 2017: cuantía del SMI de 2018.
– La base mínima de cotización se incrementa hasta los 1.050 euros.
– FOGASA:
- Límite salario día: 70€
- Límite 120 días para pagos de salarios del FOGASA: 8.400€
- Límite indemnización despido improcedente: 25.200€.
– Aumenta la cantidad inembargable.
– Para acceder al subsidio de desempleo: 75% del SMI sin pagas extras (551€/mes).
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