
El 1 de enero del 2021 entran en vigor los nuevos cambios en el SII. Te los contamos
Ya son varios los años que llevamos conviviendo con el Suministro Inmediato de Información, más conocido como SII, ese sistema sobre el que, al considerar que nos quedábamos desnudos ante la Administración, os hemos hablado en varias ocasiones.
Con efectos el 1 de enero de 2021, destacamos las siguientes novedades:
- Se refleja el efecto de las reglas armonizadas de tributación en el IVA de los denominados acuerdos de venta de bienes en consigna; así, se regulan unas nuevas validaciones en el Libro Registro de determinadas Operaciones Intracomunitarias para la venta de bienes en consigna para identificar el tipo de operación, la contraparte, al sustituto del destinatario inicial, así como para facilitar datos sobre el depósito y datos sobre la expedición y la recepción de los bienes, entre otros.
- En el libro registro de facturas recibidas:
- Se añade una marca para identificar, con carácter opcional, las cuotas soportadas por la adquisición o importación de bienes de inversión.
- Se introducen los campos necesarios para que, en caso de que el contribuyente decida deducir el IVA soportado en un periodo posterior al de registro pueda, con carácter opcional, indicarlo, así como el ejercicio y periodo en que ejercitará el derecho a deducir.
Además, se ha procedido a la revisión del documento de PREGUNTAS FRECUENTES SII adaptándolo a las nuevas especificaciones exigibles en el SII a partir de 1 de enero de 2021.
Somos conocedores de que las Diputaciones Forales de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa están trabajando en estas modificaciones en los mismos términos aunque pudiera ser que en algún Territorio con efectos temporales distintos; os informaremos de ello tan pronto se produzca.
Desde LKS NEXT LEGAL queremos que estés al día de toda la actualidad. Por eso, si quieres que tratemos algún otro tema que sea de tu interés, no dudes en contárnoslo en nuestro canal de sugerencias.
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